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lunes, 24 de junio de 2013

CLASE DE CONTABILIDAD GENERAL 19-06-2013

En la clase de hoy hablamos sobre La Contabilidad de las Empresas Comerciales:
Que son las que compran y venden mercancías bajo la cuenta 1435 Inventarios.

El control de los Inventarios es realizado mediante dos sistemas: Sistema de inventarios permanente y Sistema de inventarios periódico.

El sistema de inventarios permanente, o también llamado perpetuo, permite un control constante de los inventaros, al llevar el registro de cada unidad que ingresa y sale del inventario.

El sistema de inventarios periódico, como su nombre lo indica, realiza un control cada determinado tiempo o periodo, y para eso es necesario hacer un conteo físico. Para poder determinar con exactitud la cantidad de inventarios disponibles en una fecha determinada. Con la utilización de este sistema, la empresa no puede saber en determinado momento cuantos son sus mercancías, ni cuanto es el costo de los productos vendidos.

Impuestos:

IVA; Impuesto sobre el valor agregado o impuesto sobre el valor añadido

Respecto al Impuesto a las ventas existen dos responsables; el Régimen común y el Régimen simplificado.

Se considera responsable del impuesto a las ventas toda Persona natural o Persona Jurídica que venda productos o preste servicios gravados con el Iva.

Régimen Común
Son responsables del Impuesto a las ventas pertenecientes al régimen común, todas las personas jurídicas y aquellas personas naturales que no cumplan los requisitos para pertenecer el Régimen Simplificado. Toda Persona jurídica por el solo hecho de ser jurídica pertenece al régimen común. Las personas naturales solo serán responsables del régimen común si no cumplen todos o uno de los requisitos que la norma establece para poder formar parte del Régimen simplificado.

Régimen Simplificado
Pertenecen al régimen simplificado del Impuesto a las ventas las Personas Naturales Comerciantes y artesanos que sean minoristas o detallistas; los agricultores y ganaderos, que realicen operaciones gravadas, así como quienes presten servicios gravados, siempre y cuando cumplan con unas condiciones.

Respecto al impuesto a las ventas ha clasificados los bienes y servicios en gravados y excluidos 

Los bienes gravados son aquellos que causan Iva, y que se dividen según la tarifa que se les aplique.
Los bienes excluidos son los aquellos que la ley expresamente ha catalogado como tales. 

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